Por: Edgar Rincón
La forma en que los venezolanos consumen entretenimiento en el hogar podría estar a las puertas de un cambio radical. La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) avanza en las mesas de consulta de un proyecto que ha sido bautizado informalmente en el sector como la “Providencia Netflix”. ¿Su objetivo? Meter en la misma caja regulatoria de la televisión por cable tradicional a las plataformas globales de streaming (OTT) que operan a través de internet.
De aprobarse este instrumento, gigantes como Netflix, Disney+, Max o Prime Video dejarían de ser vistos jurídicamente como simples servicios sobre internet para pasar a ser catalogados como operadores de Difusión por Suscripción. Esta recategorización no es un mero cambio de nombre; trae consigo una profunda ola de implicaciones tributarias, legales y operativas que terminarán impactando directamente en el bolsillo y la pantalla del usuario final.
Las nuevas reglas del juego: Impuestos y censura
El borrador de la providencia plantea exigencias que chocan de frente con el modelo de negocio global, fronterizo y digital de las OTT. Entre los puntos más críticos destacan:
- Tributos y representación: Se obligaría a estas corporaciones a constituir un domicilio social en Venezuela o tener representación legal para registrarse formalmente ante Conatel. Al hacerlo, deberán aportar al Fondo de Responsabilidad Social (Fondo Resocete) y someterse a la carga impositiva local (IVA e ISLR).
- Regulación de catálogos: El contenido on-demand quedaría sujeto a la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (Ley Resorte). Esto implica aplicar clasificaciones por edades bajo el estándar venezolano, respetar bloques horarios —algo complejo en plataformas bajo demanda— y abrir la puerta a cuotas obligatorias de producción audiovisual nacional.
¿Qué pasa si las plataformas dicen “no”?
Aquí es donde el escenario se vuelve más incierto. Empresas que operan a escala global podrían considerar que el mercado venezolano, dado su tamaño y complejidad económica, no justifica el gasto burocrático y legal de establecerse en el país.
Si las plataformas deciden no acatar la normativa, la responsabilidad podría recaer sobre los Proveedores de Servicios de Internet (ISP) locales, quienes se verían forzados por el regulador a bloquear el tráfico hacia las IP de estos servicios. Por otro lado, aquellas que decidan quedarse y formalizarse, muy probablemente trasladarán los nuevos costos tributarios al usuario, provocando un aumento en la tarifa mensual de suscripción.
Tiempos, plazos y la voz de la industria
Actualmente, la providencia no es ley. Se mantiene en fase de borrador y está siendo objeto de debate en mesas de consulta pública promovidas por Conatel, donde participan activamente cámaras del sector como Casetel.
Los especialistas en telecomunicaciones ya han encendido las alarmas, advirtiendo que intentar regular internet con las mismas herramientas del espectro radioeléctrico tradicional es un retroceso técnico que desincentiva la inversión.
De llegar a publicarse en la Gaceta Oficial, se estima que el marco normativo otorgue un período de gracia de entre 90 y 180 días continuos para que las empresas gestionen su habilitación.
Los próximos meses serán decisivos. Venezuela se suma así a la tendencia regional de intentar gravar la economía digital, pero lo hace con un nivel de control de contenidos que podría terminar alejando a las plataformas, dejando a los usuarios con menos opciones y conexiones más restringidas.

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